Seguro de terceros: ¿Qué reclamar si no soy culpable?
Si bien por Ley en Uruguay es necesario contar con una cobertura de seguro en cualquier vehículo. La mayor preocupación de las personas, y está más que bien, es proteger a los demás con una cobertura que les evite disponer de dinero frente a una demanda por roturas en un accidente o siniestro, y mucho menos si en ese caso se lastiman personas. Pero al momento de ser inocente y los daños los sufre su vehículo, la mayor preocupación pasa por el ¿Ahora qué hago? Y acá entramos en los daños materiales; en otro artículo hablaremos en el caso de los daños a personas físicas.
Es importante tener en cuenta que esto es un breve resumen, tocamos lo más importante, pero lo que debemos ir comprendiendo a la hora de asegurar en una cobertura Básica o, como se le llama comúnmente, Terceros. Primero: ¿Si alguien me choca el vehículo, qué hago? Es importante hacer la denuncia en la compañía con la que tiene contratado el seguro, ya que la misma habilitará a presentar luego el reclamo frente a la compañía de la otra persona que provocó el daño. Asegúrese en el lugar de que la otra persona también realice la denuncia y le permita tomar sus datos personales. Una vez concluido esto, póngase en comunicación con su agente de seguros, asesor o corredor, según corresponda, y al dar el aviso dispondrá de los pasos a seguir.
¿En breve, cuáles son? Llevar el vehículo a un taller de confianza o a uno que le puedan sugerir. Tener en las próximas 24 horas la documentación correspondiente para presentar todo frente a la otra compañía con el presupuesto adecuado. Los tiempos por Ley son de hasta 30 días en algunos casos, aunque, dependiendo de la situación, pueden extenderse hasta 60 días.
¿A quién se le paga? Al titular del vehículo, es decir, quien figura en autos en la libreta de propiedad si el mismo no tiene realizados títulos por haber sido adquirido 0 kilómetro, o quien figure en los títulos.
Todo bien, pero está siempre la pregunta: ¿Qué pasa si el que me choca no tiene seguro? ¿Mi compañía no interfiere en nada? ¿Quién me protege? No, las compañías de seguro no tienen interferencia ante la falta de seguro por parte del responsable, ya que la Ley es clara y estipula que todo vehículo debe circular con seguro vigente y al día. En todo caso, quienes son los encargados de fiscalizar (Tránsito, Policía, Caminera) pueden, al detectar la falta de la otra persona, realizar una infracción o detener el vehículo hasta que se regularice la situación.
Pero el daño ya está hecho, ¿Sigo sin tener una solución? Soluciones siempre hay. Dependiendo de la magnitud del daño, se puede iniciar un reclamo por vía Judicial por los daños en Responsabilidad Civil, entre otros.
Si parece todo un dolor de cabeza, nos pasa en el día a día: todo está bien hasta que ocurre un siniestro. Lo ideal es que cada persona pueda mantener una póliza vigente y al día, para no solo cumplir con la normativa dispuesta por Ley, sino también para evitar contratiempos y malos momentos. Y siempre, aunque parece algo lógico, al momento de realizar la denuncia de un siniestro, es fundamental que la declaración sea tal cual lo ocurrido. Porque es otro tema si dejamos ir a la persona y luego declara otra versión, asunto que ampliaremos en otro boletín.
Lo importante es obrar bien y asumir responsabilidades como toda persona. Porque para eso pago un seguro, para no pagar por una responsabilidad.
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